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Medidas de Emergencia

El Plan de Emergencia es un documento que establece unos criterios básicos de actuación del personal, para una rápida y ordenada actuación, en función del tipo de emergencia. El plan de emergencia contempla actuaciones dirigidas a prevenir potenciales situaciones de emergencia.

Actuaciones

Con el fin de elaborar dicho documento realizamos la siguiente secuencia de actuación:

  • Reunión inicial para explicar el desarrollo del servicio y los plazos establecidos para su realización y entrega (el mismo día en que se realiza la vista técnica)
  • Visita técnica al centro objeto del proyecto, con el fin de recabar toda la información necesaria para la elaboración del documento
  • Entrega del proyecto al cliente para su aprobación
  • Seguimiento anual de dicho documento
  • Asesoramiento en futuras inspecciones y requerimientos

Las medidas de emergencia son necesarias y además obligatorias de realizar por parte del empresario. De hecho, las especificaciones sobre esta ley las podemos encontrar en el artículo 20 de Prevención de Riesgos Laborales de la ley 31/1995 del 8 de noviembre.

Todas las empresas que dispongan de trabajadores por cuenta ajena tienen la obligación de analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas para hacerle frente, principalmente en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores (formación en emergencias y simulacros de evacuación).

Para ello el empresario debe designar personal encargado de las medidas de emergencia, debiendo ser suficientes en número y contar con la formación necesaria para ejecutar dichas acciones.

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